Estatutos para La Región de Centro América y El Caribe
Fundada: Fecha y Lugar
Como parte de La Sociedad Internacional de Biometrics , La Region de Centro América y el Caribe está gobernada por la Constitución de la Sociedad y las siguientes Reglas Regionales:
1. La Región deberá intentar promocionar la biología en todos sus aspectos.
2. Para hacerse miembro, la Región está abierta a todos los residentes de los paises que se encuentran en el Mar de Caribe, todos los países de Centro América y aquellos países en Sud América con una costa Atlántica, incluyendo Colombia y Guayana. Personal científico de Suriname y Guayana Francesa podrán asi mismo solicitar ser miembros. Tambien queda abierta la solicitud para entrar en la Socidad todos aquellos cientificos de los paises mencionados anteriormente que mantengan residencia en otros países.
3. Los temas de la Región serán llevados a cabo por un Comité compuesto de un Presidente, un Vice Presidente, un Secretario-Tesorero, un Corresponsal en Biometric y cualquier miembro del Comité General de la Sociedad que pertenezca a la Región. El Comité podrá llenar vacantes no oficiales. Cualquier miembro elegido de esta manera permanecerá el la posición solamente durante el periodo de tiempo que su predecesor haya dejado vacante; si bien tendrá acceso a una re-elección inmediata.
4. Se celebrará una reunión de toda la Región, cada dos años, en el lugar determinado por el Comité. El propósito de esta reunión será la presentación de publicaciones científicas con interés en biometric y la elección de nuevos cargos. Los asistentes a la Conferencia Regional podrán hacer recomendaciones al Comité y solicitar un voto en asuntos que conciernen a la Sociedad.
5. Durante la Conferencia Regional semianual, los miembros de la Región elegirán un Vice Presidente, un Scretario-Tesorero y un Corresponsal para el Boletín. El Vice Presidente servirá el plazo de un año y automáticamente sucederá al Presidente durante el un periodo de dos años, finalmente servirá un año mas como Vice Presidente. Cualquier vacante en la Presidencia será ocupada por el Vice Presidente. El Secretario-Tesorero y Corresponsal del Boletin podrán ser re-elegidos. Estos cargos tendrán una duración de tres años.
6. Las Candidaturas para las vacantes deberán ser dirigidas al Secretario-Tesorero por lo menos un mes de la Conferencia Regional semianual y deberán estar acompañadas de una declaración escrita por parte del intersado/a demonstrando su interés en desempeñar el cargo. Si hubiese mas de una candidatura para un solo cargo, se llevará a cabo un voto durante la Conferencia Regional.
7. En caso de que hubiese solicitudes por escrito de un mínimo de ocho miembros de la Región, el Secretario-Tesorero llevará cabo un voto entre todos los miembros, en el plazo de un mes, siempre y cuando el asunto concierna a la Sociedad. El cincuenta por ciento de los miembros constituirán un "quorum".
8. El Secretario-Tesorero recopilará toda la información relacionada con las actividades biometricas de la Región y las enviará al Comité General u otras dependecias que crea oportuno.
9. El Comité será quien recibia las candidaturas para aquellos que quieran ser miembros y enviará aquellas que considere adecuadas al Comité General.
10. El Consejo General determinará, de tiempo en tiempo, las cuotas internacionales de cada miembro. El Comité podrá autorizar un pequeño aumento a las cuotas internacionales con el fin de financiar actividades en la Región. Estas cuotas se pagarán al Secretario-Tesorero de la Región en el momento de hacerse miembro. A partir de entonces las cuotas se pagarán el 1 de enero de cada año. Si la fecha de iniciación fuese posterior al 1 de octubre, el siguiente pago se deberá hacer catorce meses mas tarde. El Secretario-Tesorero Regional enviará al Consejo General, en nombre del Comité, el estado de estas cuotas, ya que es el Consejo General quien las determina de cuando en cuando.
11. Un miembro puede ser expulsado de la Región solamente a propuesta del Comité y despues de que haya sido notificado por el Secretario-Tesorero, con dos semanas de antelación. Por lo menos la mitad de los miembros deberán votar esta resolución y dos tercios deberán votar a favor de una expulsión.
12. Si un miembro no ha satisfecho sus cuotas por mas de tres años, su asociación quedará finalizada tras voto del Comité. No se considerará una nueva admisión en la Sociedad hasta que la deuda de las cuotas haya sido satisfecha.
13. Durante el mes de diciembre de cada año , el Secretario-Tesorero enviará a los miembros un reporte anual y un estado financiero preparado por el mismo e inspeccionado por el Inspector Honorario quien habrá sido elegido por el Comité. El Inspector Honorario no podrá ser un miembro del Comité.
14. Estos estatutos podrán ser modificados a traves del voto de todos los miembros, con un cincuenta por ciento de miembros votando.